Recientemente ha salido a colación en algunos medios, esta noticia,  y es que justo antes del verano una mujer interpuso una denuncia a la página de subastas online acusando a la compañía eBay de no dejarla vender el Sol.  Lo más sorprendente es que el juzgado de 1ª instancia donde se interpuso la demanda se ha declarado competente para tramitar esta denuncia citando a las partes el pasado 16 de julio. No llegando a un acuerdo, se espera la celebración del juicio para aproximadamente dentro de un año. La compañía de subastas por internet bloqueó la venta de “parcelas del Sol”, ya que, según la empresa, se trata de un bien intangible imposible de ser vendido, sin embargo, en el momento del bloqueo ya se habían llegado a vender parcelas hasta por 1800 euros.   Angeles Duran, la "dueña del Sol" La gallega Ángeles Durán, en 2010 se declaró así misma, ante notario, como la legítima y única “propietaria del Sol, estrella tipo espectral G2, que se encuentra dentro del sistema solar”, El notario tras su sorpresa inicial y después de consultarlo con el colegio profesional, dio fe a esta estrambótica declaración.  Y es aquí donde aprovecho para reivindicar una vez más la incoherencia muchas veces del papel de algunos notarios, igual en otras ocasiones lo hago de abogados, jueces o mecánicos…, pero que como fedatario público se limitan a “dar fe” de lo que le dicen, o manifiestan, sin entrar a valorar el contenido, y es que recientemente me he encontrado casos en los que los notarios permitían la firma de algunas hipotecas con cláusulas claramente ilegales (ya no digo las abusivas), y ante mi reclamación al respecto se limitan a decir: -“si quiere el cliente que firme, y si no, pues que no firme… “,   En lugar de eso, me gustaría haber oído como le dicen al banco algo así como: - “con esta cláusula no se puede firmar una hipoteca, pues su contenido es ilegal, deben quitarla”.   Luego pasa lo que pasa... y cuando el banco trata de aplicar esas clausulas siempre alega "se firmo ante notario", que el cliente era conocedor y lo firmo, como si eso, al igual que sucede con "LA DUEÑA DEL SOL", fuese algo determinante o suficiente para determinar la legalidad del asunto...   
  Una de los mas importantes cambios que se han producido en las ultimas décadas es la inclusión en nuestras vidas del intangible, pero cada vez mayor, patrimonio digital, como una parte mas de los bienes privados de los individuos.   Ya sabemos lo que sucede con nuestra casa o nuestro dinero cuando fallecemos, todos conocemos mas o menos en profundidad que tras el fallecimiento, nuestros bienes pasan a los herederos, designados o forzosos, pero, ¿hemos tenido en cuenta el patrimonio digital acumulado en vida?   En el Derecho Civil Común, los derechos de sucesión de una persona se transmiten (Art. 657 CC) de forma que la sucesión puede ser testamentaria (si existe testamento) o legítima (si no existe y se tiene que estar a lo dispuesto por la ley (Art. 658 CC).  La herencia debe incluir "todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se hayan extinguido por su muerte" (art. 659 Cc), también por lo tanto deberá incluirse aquí los bienes o derechos "digitales".   Por ejemplo los perfiles en redes sociales, cuentas de e-mail, suscripciones a contenidos, e incluso para proteger el derecho al honor del fallecido en lo que podríamos calificar como reputación post-morten. Imaginemos un caso extremo en el que el fallecido había gastado cientos de euros en juegos en red o en música de itunes... esos derechos deberán ser incrementados al caudal hereditario. Pero mas interesante aún son temas como los saldos en casinos virtuales o casa de apuestas o los "bit coins" o "dinero virtual" que se guarda en la nube o el propio ordenador personal del difunto.   La herencia digital también ha supuesto la creación de soluciones empresariales y apertura de nuevas líneas de negocio que ayudan a resolver los problemas generados por la "herencia digital" o que almacenan contraseñas, relación de paginas y servicios contratados... que facilitarán la labor de reclamación a los herederos.   José Antonio Jiménez
04 oct 2014No sé qué me asombra más, si escuchar a alguien decir que no contrata a mujeres hasta “después de los 45 o antes de los 25” para evitar embarazos, que sea una mujer la protagonista de estas “lindas declaraciones”, o que además sea la Presidenta del Círculo de Empresarios quien las hace, Mónica Oriol.Entre las perlas de esta señora, afirma que para que una mujer llegue a un alto cargo directivo no hacen falta leyes sino sacrificios, y matiza que una mujer debería “casarse con un funcionario o con un marido al que le gusten los niños”, ya que el puesto requiere entre otras cosas constantes viajes y volver tarde por la noche. Vamos que una mujer debe elegir entre su maternidad y vida familiar o realizarse profesionalmente.Dice además que "esa protección de la mujer la desvincula del alineamiento con los intereses de la empresa" y la desconecta del "esfuerzo diario". "Un Recursos Humanos elegiría antes a un hombre que a una mujer", ha asegurado. Y yo me pregunto: ¿estos son los valores e ideas que queremos para nuestros hijos, para nosotros mismos? Por qué tenemos que claudicar con un sistema cuyo mensaje es que si no alargamos nuestra jornada de trabajo hasta bien avanzada la tarde y no somos capaces de sacrificar nuestro tiempo libre, nuestra familia, a nosotros mismos, no somos merecedores de un importante cargo dentro de una empresa. Es más, que en el caso de las mujeres da a elegir entre ser madre o empresa.Que los objetivos de venta, de producción… estén por encima de lo realmente importante y lo que da sentido a la vida, nuestro desarrollo personal y familiar.Lo más triste es que ésta es una realidad con la que lidiamos todos los días, pero que ya se permitan el lujo de decirlo tan alegremente, y que sea una mujer la abanderada de tales declaraciones me parece insultante.Mire señora, que una mujer decida realizarse con su maternidad no significa que deje de ser menos competitiva o profesional, y por supuesto no debería significar una elección entre su maternidad y su proyección laboral. Una mujer decidirá si quiere o no quiere ser madre, pero es una decisión tomada libremente por ella misma y no bajo la contaminación de unas determinadas condiciones laborales.Esto es lo que tenemos que cambiar señores, estos pensamientos, esta forma de vida que sólo nos lleva a una mediocre competitividad entre nosotros mismos mientras unos pocos son los que realmente viven bien a costa de nuestros sacrificios y esfuerzos.Las declaraciones de esta señora dan para mucho más, tampoco se libran los desempleados, a los que si dependieran de ella bajaría el subsidio por desempleo por considerar que generan “parasitismo”, y bajaría el Salario Mínimo Interprofesional para los trabajadores menos cualificados.En fin, os dejo el enlace a la noticia completa para los que os queráis deleitar un ratito con tales declaraciones: http://bit.ly/1BEOrhK Tania Prieto Diputada Italiana Licia Ronzulli, con su hijo en el Europarlamento

Contactar y concertar una cita

Direcciones:

SOLICITENOS CITA PREVIA En nuestras oficinas de Azuqueca de Henares y Zaragoa.

 

Avd Los Escritores, 1B, LOCAL nº 1.

"T&J Abogados".

Azuqueca de Henares.

Guadalajara

 

Teléfonos:  673 400 561

 

Fijo:  949 009 332

 

E-mail: info@tyjabogados.com

 

Calle 4 de Agosto, 18

Zaragoza

 

O bien utilice nuestro formulario.